ARL SURA · Empresas desde 10 trabajadores
ARL SURA para empresas: afilia a tu equipo con asesoría sin costo
Afiliamos a tus trabajadores a la ARL SURA o trasladamos tu empresa desde otra ARL. Confirmamos tu clase de riesgo, hacemos el trámite y te acompañamos si hay un accidente.
Desde$9.200por trabajador al mesClase de riesgo I con salario mínimo 2026
- Afiliación y traslado sin costo
- Cobertura desde el día siguiente
- Confirmamos tu clase de riesgo
- Acompañamiento en accidentes
Cotizador ARL
¿Cuánto paga tu empresa por la ARL SURA?
La tarifa la fija la ley según la clase de riesgo, así que es la misma en cualquier ARL. Calcula el valor mensual de tu empresa.
Clase de riesgo de tu empresa
Atendemos empresas desde 10 trabajadores. ¿No sabes tu clase? La define la actividad económica de tu RUT según la tabla del Decreto 768 de 2022. Te la confirmamos sin costo.
Tu empresa pagaría al mes
$0
- Por trabajador$0
- Al año$0
- Tarifa inicial0,522%
Según la ley, tu tarifa puede ir de 0,348% a 0,696% según la accidentalidad de tu empresa y su cumplimiento en salud ocupacional (Decreto 1772 de 1994, art. 9).
Cálculo aproximado: salario mensual × tarifa inicial de la clase, que es la que paga una empresa que se afilia por primera vez (Decreto 1772 de 1994, art. 13). El aporte de cada trabajador se aproxima al múltiplo de 100 superior (Decreto 780 de 2016, art. 3.2.1.5). La empresa paga el 100% (Ley 1562 de 2012, art. 6). Salario mínimo 2026: $1.750.905.
Lo que te da ARL SURA
Diferenciales de ARL SURA para tu empresa
Servicios que ARL SURA publica para sus empresas afiliadas.
Servicios en Líne@
Ingreso y retiro de trabajadores, constancias de afiliación, carnetización y consulta de accidentalidad y ausentismo, desde arlsura.com.
Línea Salvavidas
01 8000 51 1414 para reportar accidentes, hacer transacciones y pedir servicios.
Plan de formación
Cursos virtuales del SG-SST de 20 y 50 horas, ciclos de educación virtual y certificación con el convenio ARL SURA – SENA.
Colegio de gestión del riesgo
Formación en gestión del riesgo y colegios viales para empresas con riesgo en la vía.
COPASST y convivencia
Herramientas para las elecciones del COPASST y del comité de convivencia, y encuesta de perfil sociodemográfico.
Homologador Decreto 768
Herramienta para pasar tu código de actividad del Decreto 1607 de 2002 a la tabla del Decreto 768 de 2022.
Fuente: arlsura.com
Coberturas
¿Qué cubre la ARL SURA?
Si un trabajador tiene un accidente de trabajo o una enfermedad laboral, la ARL lo atiende y le paga. Son coberturas de ley, iguales en todas las ARL.
No cubre accidentes ni enfermedades de origen común: esos los atiende la EPS del trabajador.
Atención en salud
- Asistencia médica, quirúrgica, terapéutica y farmacéutica
- Hospitalización
- Servicio odontológico
- Medicamentos
- Exámenes de diagnóstico
- Prótesis y órtesis, con su reparación o reposición
- Rehabilitación física y profesional
- Gastos de traslado necesarios para la atención
Decreto 1295 de 1994, art. 5
Pagos al trabajador
- Subsidio por incapacidad temporal: el 100% de su salario base de cotización
- Indemnización por incapacidad permanente parcial
- Pensión de invalidez
- Pensión de sobrevivientes para su familia
- Auxilio funerario
Decreto 1295 de 1994, art. 7 · Ley 776 de 2002, art. 3
Prevención para tu empresa
- Asesoría técnica para diseñar tu sistema de seguridad y salud en el trabajo (SG-SST)
- Capacitación de la brigada de primeros auxilios
- Capacitación del COPASST o del vigía de seguridad y salud en el trabajo
- Fomento de estilos de vida y trabajo saludables
- Por ley, el 5% de lo que pagas se destina a actividades básicas de prevención
Decreto 1295 de 1994, art. 35 · Ley 1562 de 2012, art. 11
¿Qué pasa si tu empresa no afilia a sus trabajadores?
Afiliar a la ARL es obligatorio para todo trabajador con contrato de trabajo, escrito o verbal (Ley 1562 de 2012, art. 2). Sin ARL, el costo de un accidente lo asume tu empresa.
500 salarios mínimos son $875.452.500
500SMMLV
Multas sucesivas mensuales por no afiliar o no pagar dos o más meses de cotización.
Decreto 1295 de 1994, art. 91
100%
De las prestaciones del trabajador accidentado las paga la empresa si no lo afilió.
Decreto 1295 de 1994, art. 91
500SMMLV
Multa por incumplir las normas de seguridad y salud en el trabajo.
Ley 1562 de 2012, art. 13
1.000SMMLV
Multa por no reportar accidentes de trabajo y enfermedades laborales.
Ley 1562 de 2012, art. 30
Afiliación sin costo
¿Cómo afiliar tu empresa a la ARL SURA?
Con Estratego lo haces en 4 pasos y con un asesor que te acompaña de principio a fin.
Sin costo para tu empresa
La tarifa la fija la ley. A nosotros nos paga la ARL, así que pagas lo mismo que si te afiliaras directo.
Revisamos tu clase de riesgo
Con tu RUT verificamos el código de actividad del Decreto 768 de 2022 para que pagues lo que corresponde.
Hacemos el trámite
Afiliación nueva o traslado desde otra ARL: formularios, documentos y radicación.
Te acompañamos en accidentes
Si un trabajador se accidenta, te guiamos en el reporte y en el seguimiento con la ARL.
- 1
Escríbenos
Cuéntanos cuántos trabajadores tienes (desde 10) y a qué se dedica tu empresa.
- 2
Te enviamos el valor
Confirmamos tu clase de riesgo y te decimos cuánto pagarás al mes.
- 3
Radicamos la afiliación
Hacemos el trámite con la ARL SURA, o el traslado si ya tienes otra ARL.
- 4
Afilia antes de empezar
La cobertura empieza el día siguiente a la afiliación: afilia a cada trabajador antes de que inicie labores.
¿Ya tienes ARL y quieres cambiarte a SURA? Puedes trasladar tu empresa después de un año en tu ARL actual. El cambio rige desde el primer día del mes siguiente y conservas tu clasificación (Ley 776 de 2002, art. 21).
Trasladar mi empresaCatorce años protegiendo a familias y empresas en Colombia
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Lo que dicen nuestros clientes
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Asesórate con un equipo profesional
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Paul Díaz
Cofundador y CEO

Helen Suárez
Cofundadora y CEO
Nuestro Blog
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Preguntas frecuentes sobre la ARL SURA
¿Tienes otra duda? Un asesor te responde hoy.
Escribir por WhatsApp¿Quién debe afiliarse a la ARL SURA?
Todos los trabajadores dependientes, vinculados con contrato de trabajo escrito o verbal (Ley 1562 de 2012, art. 2). La empresa los afilia a la ARL que elija y paga la totalidad de la cotización.
¿Cuánto cuesta la ARL SURA para una empresa?
Se paga un porcentaje del salario de cada trabajador según la clase de riesgo, entre 0,522% (clase I) y 6,960% (clase V) como tarifa inicial (Decreto 1772 de 1994). Con un salario mínimo de 2026 son $9.200 al mes por trabajador en clase I y $121.900 en clase V. La tarifa es la misma en cualquier ARL.
¿Quién paga la ARL de los trabajadores?
La empresa paga el 100% de la cotización de sus trabajadores dependientes. No se descuenta del salario (Ley 1562 de 2012, art. 6, y Decreto 1295 de 1994, art. 21).
¿Desde cuándo cubre la ARL SURA?
La cobertura empieza el día calendario siguiente a la afiliación (Decreto 1295 de 1994, art. 4). Por eso debes afiliar a cada trabajador antes de que empiece a trabajar.
¿Cómo sé cuál es la clase de riesgo de mi empresa?
Depende de la actividad económica registrada en tu RUT. La tabla del Decreto 768 de 2022 asigna a cada actividad un código de 7 dígitos: el primero es la clase de riesgo (I a V). Si tu empresa tiene sedes con actividades distintas, cada una puede tener su propia clase. Te la confirmamos sin costo.
¿Puedo trasladar mi empresa a la ARL SURA si ya tengo otra ARL?
Sí, después de un año de permanencia en tu ARL actual. El traslado rige desde el primer día del mes siguiente y tu empresa conserva su clasificación y su tarifa durante los tres meses siguientes (Ley 776 de 2002, art. 21). Nosotros hacemos el trámite.
¿Qué cubre la ARL SURA?
Accidentes de trabajo y enfermedades laborales: atención médica, hospitalización, medicamentos, rehabilitación, incapacidades pagadas al 100% del salario base, indemnizaciones, pensión de invalidez o de sobrevivientes y auxilio funerario. No cubre accidentes ni enfermedades de origen común.
¿Qué pasa si no afilio a mis trabajadores a la ARL?
La empresa debe pagar todas las prestaciones del trabajador si tiene un accidente, y puede recibir multas sucesivas mensuales de hasta 500 salarios mínimos (Decreto 1295 de 1994, art. 91).
¿Cuánto tiempo tengo para reportar un accidente de trabajo?
Debes informarlo a la ARL y a la EPS dentro de los dos días hábiles siguientes (Decreto 1295 de 1994, art. 62). No reportarlo puede costar multas de hasta 1.000 salarios mínimos (Ley 1562 de 2012, art. 30).
¿Desde cuántos trabajadores puedo afiliar mi empresa a la ARL SURA con Estratego?
Atendemos empresas desde 10 trabajadores.
¿Afiliar mi empresa a la ARL SURA con Estratego cuesta más?
No. Pagas la misma tarifa que si te afiliaras directo, porque la fija la ley. La ARL nos paga a nosotros; a ti te asesoramos y hacemos el trámite sin costo.