ARL SURA · Empresas desde 10 trabajadores

ARL SURA para empresas: afilia a tu equipo con asesoría sin costo

Afiliamos a tus trabajadores a la ARL SURA o trasladamos tu empresa desde otra ARL. Confirmamos tu clase de riesgo, hacemos el trámite y te acompañamos si hay un accidente.

Desde$9.200por trabajador al mesClase de riesgo I con salario mínimo 2026

  • Afiliación y traslado sin costo
  • Cobertura desde el día siguiente
  • Confirmamos tu clase de riesgo
  • Acompañamiento en accidentes

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Cotizador ARL

¿Cuánto paga tu empresa por la ARL SURA?

La tarifa la fija la ley según la clase de riesgo, así que es la misma en cualquier ARL. Calcula el valor mensual de tu empresa.

Clase de riesgo de tu empresa

Atendemos empresas desde 10 trabajadores. ¿No sabes tu clase? La define la actividad económica de tu RUT según la tabla del Decreto 768 de 2022. Te la confirmamos sin costo.

Tu empresa pagaría al mes

$0

  • Por trabajador$0
  • Al año$0
  • Tarifa inicial0,522%

Según la ley, tu tarifa puede ir de 0,348% a 0,696% según la accidentalidad de tu empresa y su cumplimiento en salud ocupacional (Decreto 1772 de 1994, art. 9).

Afiliar mi empresa por WhatsApp

Cálculo aproximado: salario mensual × tarifa inicial de la clase, que es la que paga una empresa que se afilia por primera vez (Decreto 1772 de 1994, art. 13). El aporte de cada trabajador se aproxima al múltiplo de 100 superior (Decreto 780 de 2016, art. 3.2.1.5). La empresa paga el 100% (Ley 1562 de 2012, art. 6). Salario mínimo 2026: $1.750.905.

Lo que te da ARL SURA

Diferenciales de ARL SURA para tu empresa

Servicios que ARL SURA publica para sus empresas afiliadas.

  • Servicios en Líne@

    Ingreso y retiro de trabajadores, constancias de afiliación, carnetización y consulta de accidentalidad y ausentismo, desde arlsura.com.

  • Línea Salvavidas

    01 8000 51 1414 para reportar accidentes, hacer transacciones y pedir servicios.

  • Plan de formación

    Cursos virtuales del SG-SST de 20 y 50 horas, ciclos de educación virtual y certificación con el convenio ARL SURA – SENA.

  • Colegio de gestión del riesgo

    Formación en gestión del riesgo y colegios viales para empresas con riesgo en la vía.

  • COPASST y convivencia

    Herramientas para las elecciones del COPASST y del comité de convivencia, y encuesta de perfil sociodemográfico.

  • Homologador Decreto 768

    Herramienta para pasar tu código de actividad del Decreto 1607 de 2002 a la tabla del Decreto 768 de 2022.

Fuente: arlsura.com

Coberturas

¿Qué cubre la ARL SURA?

Si un trabajador tiene un accidente de trabajo o una enfermedad laboral, la ARL lo atiende y le paga. Son coberturas de ley, iguales en todas las ARL.

No cubre accidentes ni enfermedades de origen común: esos los atiende la EPS del trabajador.

Atención en salud

  • Asistencia médica, quirúrgica, terapéutica y farmacéutica
  • Hospitalización
  • Servicio odontológico
  • Medicamentos
  • Exámenes de diagnóstico
  • Prótesis y órtesis, con su reparación o reposición
  • Rehabilitación física y profesional
  • Gastos de traslado necesarios para la atención

Decreto 1295 de 1994, art. 5

¿Qué pasa si tu empresa no afilia a sus trabajadores?

Afiliar a la ARL es obligatorio para todo trabajador con contrato de trabajo, escrito o verbal (Ley 1562 de 2012, art. 2). Sin ARL, el costo de un accidente lo asume tu empresa.

500 salarios mínimos son $875.452.500

  • 500SMMLV

    Multas sucesivas mensuales por no afiliar o no pagar dos o más meses de cotización.

    Decreto 1295 de 1994, art. 91

  • 100%

    De las prestaciones del trabajador accidentado las paga la empresa si no lo afilió.

    Decreto 1295 de 1994, art. 91

  • 500SMMLV

    Multa por incumplir las normas de seguridad y salud en el trabajo.

    Ley 1562 de 2012, art. 13

  • 1.000SMMLV

    Multa por no reportar accidentes de trabajo y enfermedades laborales.

    Ley 1562 de 2012, art. 30

Afiliación sin costo

¿Cómo afiliar tu empresa a la ARL SURA?

Con Estratego lo haces en 4 pasos y con un asesor que te acompaña de principio a fin.

  • Sin costo para tu empresa

    La tarifa la fija la ley. A nosotros nos paga la ARL, así que pagas lo mismo que si te afiliaras directo.

  • Revisamos tu clase de riesgo

    Con tu RUT verificamos el código de actividad del Decreto 768 de 2022 para que pagues lo que corresponde.

  • Hacemos el trámite

    Afiliación nueva o traslado desde otra ARL: formularios, documentos y radicación.

  • Te acompañamos en accidentes

    Si un trabajador se accidenta, te guiamos en el reporte y en el seguimiento con la ARL.

  1. 1

    Escríbenos

    Cuéntanos cuántos trabajadores tienes (desde 10) y a qué se dedica tu empresa.

  2. 2

    Te enviamos el valor

    Confirmamos tu clase de riesgo y te decimos cuánto pagarás al mes.

  3. 3

    Radicamos la afiliación

    Hacemos el trámite con la ARL SURA, o el traslado si ya tienes otra ARL.

  4. 4

    Afilia antes de empezar

    La cobertura empieza el día siguiente a la afiliación: afilia a cada trabajador antes de que inicie labores.

¿Ya tienes ARL y quieres cambiarte a SURA? Puedes trasladar tu empresa después de un año en tu ARL actual. El cambio rige desde el primer día del mes siguiente y conservas tu clasificación (Ley 776 de 2002, art. 21).

Trasladar mi empresa

Catorce años protegiendo a familias y empresas en Colombia

  • 12.000+familias protegidas
  • 14+años especializados en seguros
  • 10+aseguradoras aliadas
  • 5premios Tigres de Oro, #1 en seguros de vida

Lo que dicen nuestros clientes

Mi experiencia con Estratego ha sido súper buena: he ahorrado casi la mitad de dinero con cada póliza que he tomado con ellos. Además, la atención y la calidad humana de sus asesoras ha sido muy positiva.
Misael González
★★★★★
Estratego ha sido mi aliado en seguros desde hace varios años. Con ellos logré mejores tarifas en los seguros de mis créditos, y llevan el proceso desde la cotización hasta el endoso con el banco.
Carlos Andrés Monroy
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La atención es excelente, con eficiencia y calidad en su trabajo. Resaltamos a la asesora Anyi Pérez por su profesionalismo.
Daniel de los Ríos
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Me brindó información muy clara, precisa y honesta, con mucho conocimiento en el tema. Me dio mucha seguridad en todo el proceso.
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Tengo todos mis seguros con ellos y siempre me han ayudado oportunamente. Helen Suárez y su equipo siempre están prestos a ayudar, en tiempos realmente rápidos.
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Me ayudaron a encontrar la mejor opción en dos tipos de seguros, con asesoría personalizada todo el tiempo.
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He encontrado un aliado muy valioso en la gestión de mis seguros. Acompañamiento personalizado y oportuno.
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Me ayudan a gestionar todo el tema de seguros desde hace tiempo. Muy recomendados.
Andrés Gallego

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Preguntas frecuentes

Preguntas frecuentes sobre la ARL SURA

¿Tienes otra duda? Un asesor te responde hoy.

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¿Quién debe afiliarse a la ARL SURA?

Todos los trabajadores dependientes, vinculados con contrato de trabajo escrito o verbal (Ley 1562 de 2012, art. 2). La empresa los afilia a la ARL que elija y paga la totalidad de la cotización.

¿Cuánto cuesta la ARL SURA para una empresa?

Se paga un porcentaje del salario de cada trabajador según la clase de riesgo, entre 0,522% (clase I) y 6,960% (clase V) como tarifa inicial (Decreto 1772 de 1994). Con un salario mínimo de 2026 son $9.200 al mes por trabajador en clase I y $121.900 en clase V. La tarifa es la misma en cualquier ARL.

¿Quién paga la ARL de los trabajadores?

La empresa paga el 100% de la cotización de sus trabajadores dependientes. No se descuenta del salario (Ley 1562 de 2012, art. 6, y Decreto 1295 de 1994, art. 21).

¿Desde cuándo cubre la ARL SURA?

La cobertura empieza el día calendario siguiente a la afiliación (Decreto 1295 de 1994, art. 4). Por eso debes afiliar a cada trabajador antes de que empiece a trabajar.

¿Cómo sé cuál es la clase de riesgo de mi empresa?

Depende de la actividad económica registrada en tu RUT. La tabla del Decreto 768 de 2022 asigna a cada actividad un código de 7 dígitos: el primero es la clase de riesgo (I a V). Si tu empresa tiene sedes con actividades distintas, cada una puede tener su propia clase. Te la confirmamos sin costo.

¿Puedo trasladar mi empresa a la ARL SURA si ya tengo otra ARL?

Sí, después de un año de permanencia en tu ARL actual. El traslado rige desde el primer día del mes siguiente y tu empresa conserva su clasificación y su tarifa durante los tres meses siguientes (Ley 776 de 2002, art. 21). Nosotros hacemos el trámite.

¿Qué cubre la ARL SURA?

Accidentes de trabajo y enfermedades laborales: atención médica, hospitalización, medicamentos, rehabilitación, incapacidades pagadas al 100% del salario base, indemnizaciones, pensión de invalidez o de sobrevivientes y auxilio funerario. No cubre accidentes ni enfermedades de origen común.

¿Qué pasa si no afilio a mis trabajadores a la ARL?

La empresa debe pagar todas las prestaciones del trabajador si tiene un accidente, y puede recibir multas sucesivas mensuales de hasta 500 salarios mínimos (Decreto 1295 de 1994, art. 91).

¿Cuánto tiempo tengo para reportar un accidente de trabajo?

Debes informarlo a la ARL y a la EPS dentro de los dos días hábiles siguientes (Decreto 1295 de 1994, art. 62). No reportarlo puede costar multas de hasta 1.000 salarios mínimos (Ley 1562 de 2012, art. 30).

¿Desde cuántos trabajadores puedo afiliar mi empresa a la ARL SURA con Estratego?

Atendemos empresas desde 10 trabajadores.

¿Afiliar mi empresa a la ARL SURA con Estratego cuesta más?

No. Pagas la misma tarifa que si te afiliaras directo, porque la fija la ley. La ARL nos paga a nosotros; a ti te asesoramos y hacemos el trámite sin costo.